Jerez Patina C.D
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
Buscar
 
 

Resultados por:
 


Rechercher Búsqueda avanzada

Estadísticas
Tenemos 100 miembros registrados
El último usuario registrado es kenobi

Nuestros miembros han publicado un total de 2653 mensajes en 526 argumentos.
Flujo RSS


Yahoo! 
MSN 
AOL 
Netvibes 
Bloglines 



Sobre el incidente de la Pza Arenal.

Ir abajo

Sobre el incidente de la Pza Arenal. Empty Sobre el incidente de la Pza Arenal.

Mensaje  Admin Vie Dic 02, 2011 1:03 am

He estado viendo las ordenanzas públicas y me he encontrado con esto:

He estado ojeando la legislación y he encontrado esto:

Las actuaciones musicales, de magia, entretenimiento, etc. en la calle deberán requerir una licencia, salvo que se cumplan las siguientes condiciones:
a) Que las actuaciones se realicen sin amplificadores, altavoces de cualquier potencia o instrumentos de percusión.

b) Que las actuaciones se hagan en espacios públicos de anchura superior a 7 metros, y siempre que no produzcan dificultades en el tránsito o impidan el uso normal de la vía pública.

c) Que las actuaciones se hagan en el horario comprendido entre las 10 y las 22 y no tengan una duración superior a los 30 minutos. Además, con independencia de quién las realice, nunca podrán superar el tiempo total de 2 horas en un día en una misma ubicación.

d) Que no colinde con centros docentes, hospitales, clínicas o residencias asistidas ni terrazas o veladores.


Creo que este sería el único punto donde podríamos pillarnos los dedos, aparte de el de:

Reglamento General de circulación : RD 1428/2003
Artículo 121:
4. Los que utilicen monopatines, patines o aparatos similares no podrán circular por la calzada, salvo que se trate de zonas, vías o partes de las mismas que les estén especialmente destinadas y sólo podrán circular a paso de persona por las aceras o por las calles residenciales debidamente señalizadas con la señal regulada en el artículo 159 de este Reglamento, sin que en ningún caso se permita que sean arrastrados por otros vehículos.


Saludos.
Admin
Admin
Admin
Admin

Mensajes : 718
Fecha de inscripción : 21/03/2010

http://www.jerezpatina.com

Volver arriba Ir abajo

Volver arriba

- Temas similares

 
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.